La conformidad parcial en las actas de inspección tributaria

por 1 Dic, 2016Fiscal

Cristina Martín Asesoría fiscal y contable

Por todos es conocido que los procedimientos de inspección tributaria concluyen con la firma de las actas. Dejando a un lado las actas con acuerdo, estas pueden ser de conformidad (mod. A01) o de disconformidad (mod.A02).

La decisión de firmar o no en conformidad no es fácil, dado que la norma prevé una serie de “incentivos” que atraen al contribuyente a aceptar la regularización efectuada por la inspección. Así, las actas de conformidad conllevan la aplicación de una reducción del 30% sobre el importe de la sanción, que, además, si la satisface en plazo y no se interpone recurso, tendrá derecho a una reducción adicional del 25%. En consecuencia, el contribuyente acaba aceptando una regularización que pudiera ser, al menos, cuestionable.

Adicionalmente, son muchos los contribuyentes que piensan que para poder aplicar las citadas reducciones es necesario prestar la conformidad a la totalidad de los conceptos regularizados por la inspección. Ello es debido al desconocimiento de la posibilidad de firmar una CONFORMIDAD PARCIAL. En estos casos, el inspeccionado firmará dos actas:

  • Una en conformidad por aquellos conceptos sobre los que se carece de defensa, aplicando la reducción del 30% sobre la sanción.
  • Una segunda en disconformidad que incluirá la totalidad de los elementos regularizados minorados en el importe de la cuota incluida en el acta de conformidad.

De esta forma, aun existiendo disconformidad con parte de la regularización, se podrá beneficiar de la reducción de la sanción sobre la parte de la cuota firmada en conformidad, sin renunciar a prestar recurso contra el resto.

Aunque pueda parecer evidente, esta alternativa es muy poco utilizada en los procedimientos de inspección, toda vez que en raras ocasiones nos entramos ante liquidaciones sobre las cuales el contribuyente muestra su disconformidad con la totalidad de los conceptos regularizados. Así, son frecuentes los procedimientos en los que se regularizan gastos claramente no deducibles, en los que, en caso de firmar la conformidad parcial, el importe de la sanción se vería reducido de forma sustancial.

Sáez Abogados cuenta con un equipo de profesionales especializado en procedimientos de inspección que le asesorará desde un punto de vista técnico sobre la decisión a adoptar. En este sentido, estaremos encantados de atender cualquier duda o cuestión al respecto.

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Socia y directora Dpto. fiscal

Responsable del departamento fiscal, Cristina tiene una dilatada experiencia en asesoramiento fiscal y contable a empresas de todos los sectores, especialmente empresas familiares y holding.

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