¿Se puede ampliar una carta de despido tras haberse hecho efectivo?
Una empresa formaliza un despido disciplinario frente a una persona trabajadora y cuándo se ha hecho efectivo el despido llegan a su conocimiento más incumplimientos que no incluyó en la carta de despido. En este supuesto, ¿puede ampliarse la carta?
Despido disciplinario
La empresa formaliza despido disciplinario frente a la persona trabajadora por incumplimientos graves y culpables de sus obligaciones. Entre estos incumplimientos podemos encontrar (art. 54 Estatuto de los Trabajadores):
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Así, cómo cualquier falta recogida como muy grave en el convenio colectivo de aplicación.
El despido se notifica mediante carta de despido motivada y detallada, indicando la fecha en la que tendrá efectos dicho despido. El día en que cause efectos el despido, es el día en que se dará de baja a la persona afectada en la Seguridad Social y dejará de prestar servicios para la empresa.
Ampliación de la carta de despido por hechos nuevos
Si con posterioridad al despido y una vez hechos efectivo éste, la empresa tiene conocimiento de nuevos incumplimientos, SÍ se puede ampliar la carta d despido disciplinario. No obstante, no se puede ampliar en todos los casos, teniendo que cumplirse los siguientes requisitos para que la ampliación sí sea válida:
- La persona trabajadora que ha sido despedida no debe haber presentado una demanda por despido contra la empresa, al momento de la ampliación.
- La empresa debe notificar la ampliación de la carta al afectado para que éste pueda actuar en su defensa. Por ejemplo, puede notificarse mediante burofax al no permanecer la persona afectada en el centro.
En Sáez Abogados disponemos de un equipo profesional con formación específica y experiencia en materia laboral, actualizados diariamente. Por tanto, si desea ampliar la presente información, puede contactarnos sin compromiso en el siguiente enlace:


Raquel Ruiz
Abogada laboral
Abogada, periodista y especialista en procesal civil, procesal laboral y asesoramiento laboral, familia: asesoramiento a empresas, en su mayoría, del ámbito educativo y asesoramiento y gestión de escrituraciones.
Mi email
raquelruiz@saezabogados.com
Mi teléfono
+34 913 95 22 39
C/José Abascal 53, 4º
28003 Madrid, España
Artículos relacionados


Canal de denuncias, ¿cómo afectará en las empresas la ley 2/2023?
Cómo afectará el canal de denuncias a tu empresa, qué empresas deben tener uno según la Ley 2/2023, cómo implementarlo y cuáles son las medidas de protección al informante.


¿Se necesita notario en una junta de socios?
La presencia de notario durante la celebración de la Junta General de una sociedad mercantil suele plantear dudas acerca de cómo debe procederse para poder requerir la asistencia de notario. A esta cuestión se refiere el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de...


La responsabilidad del administrador con la deuda de la sociedad
La responsabilidad de los administradores por las deudas contraídas por la sociedad tiene su fundamento en el artículo 367 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.


El Supremo decidirá sobre la devolución del IAE a las empresas
Introducción Como comentamos en un anterior post, durante la pandemia, muchas empresas tuvieron que cerrar por decisión del legislador, y pese a no poder desarrollar su actividad tributaron la totalidad del año en concepto de impuesto de actividades económicas (IAE)....


Enajenación forzosa de local arrendado y consecuencias para el arrendatario
En este artículo vamos a analizar cuáles son las consecuencias que se derivan para el arrendatario de un bien inmueble en el supuesto, bastante frecuente en la práctica, de que tenga lugar la enajenación forzosa del mismo. Concretamente, el supuesto de hecho que...
¿Se necesita notario en una junta de socios?
La presencia de notario durante la celebración de la Junta General de una sociedad mercantil suele plantear dudas acerca de cómo debe procederse para poder requerir la asistencia de notario. A esta cuestión se refiere el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de...
Los colegios privados no pueden contratar profesores como fijos discontinuos
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en su sentencia de 21 de febrero de 2023, limita el uso de la contratación fija discontinua al personal docente que imparte actividades curriculares. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional desestima en su sentencia...