Autónomos: beneficios que podrán disfrutar a partir del 2018

por 26 Oct, 2017Fiscal

Sáez Abogados se una a la Asociación Internacional de Derecho Portuario

El 11 de octubre de 2017 se ha aprobado la Proposición de la Ley de Reformas Urgentes de Trabajo Autónomo, normativa que permitirá a los trabajadores autónomos sortear algunas de las dificultades a las que se enfrentan diariamente (facturación irregular a lo largo del año, trabas administrativas que no se adaptan a su ritmo de trabajo, etc).

A continuación, recopilamos las medidas que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018:

1.- Tarifa plana 50 €/mes durante 1 año 

La tarifa plana prevista para los trabajadores autónomos se amplia de 6 meses a un año, de esta manera, éstos podrán:

  • Pagar 50 € mensuales durante 12 meses (base mínima)
  • Reducción del 80% sobre cuota contingencias comunes (base superior a mínima).

Si el trabajador autónomo tiene menos de 30 años, en el caso de hombres, o 35 en caso de mujeres, podrán disfrutar de esta ventaja durante tres años.

2.- Alta y baja en el RETA

El volumen de trabajo de un autónomo puede variar, por lo que se prevé que estos emprendedores podrán darse de alta y baja hasta tres veces en el mismo año. 

De igual manera, para paliar las dificultades que se pueden encontrar en épocas de menor actividad, se prevé que los autónomos puedan cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización.

3.- Límites a los recargos por impago de deuda

Se reducen a un 10% los recargos por ingresos fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social, siempre que el abono se produzca dentro del primer mes natural al vencimiento del ingreso.

4.- Ventajas fiscales

Si el trabajador autónomo utiliza su vivienda como oficina, podrá deducirse en el IRPF una parte de los gastos de luz, agua, teléfono, etc. Concretamente, el resultado de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de vivienda utilizados para la actividad y los metros cuadrados totales.

De igual manera, se podrán deducir 26,67 €/diarios por gasto en comidas de trabajo en España o 48,08 €/diarios si es fuera de nuestro país, siempre que justifique la relación con la actividad y sean satisfechos por medios electrónicos de pago (por ejemplo, tarjeta).

5.- Medidas compatibles con tener trabajadores a cargo de la empresa

Todas estas ayudas en las cotizaciones sociales y beneficios fiscales serán aplicables también a los autónomos que tengan trabajadores por cuenta ajena y si los contratos son indefinidos, la bonificación será del 100%.

Además de las medidas indicadas en párrafos anteriores, se prevén otras que entrarán en vigor tras la publicación en el BOE, tales como la devolución del exceso de cotización para aquellos que cotizan como autónomos y asalariados, sistemas de protección frente a accidentes “in intinere” o compatibilidad de la pensión de jubilación con salario por actividad profesional si mantienen a trabajadores a su cuenta.

SAEZ ABOGADOS recomienda contar con asesoramiento jurídico-fiscal especializado para descubrir las ventajas que esta nueva normativa puede ofrecer a todos aquellos emprendedores y trabajadores autónomos.

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