Concesión de ayudas directas al sector del turismo en la Comunidad Valenciana
Se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana nº 9018, de 11 de febrero de 2021, el Decreto 21/2021, de 5 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y de concesión directa de ayudas a profesionales del sector turístico y empresas turísticas por la Covid-19.
Desde el próximo 22 de febrero de 2021, a las 12:00 horas, hasta la misma hora del 22 de marzo de 2021, los profesionales del sector turístico valenciano podrán solicitar ayudas a la entidad de derecho público Turisme Comunitat Valenciana, con la finalidad de tratar de paliar las negativas consecuencias provocadas en este sector por la pandemia.
En concreto, se podrán beneficiar de estas ayudas tanto los titulares de alojamientos turísticos y agencias de viajes que estén inscritos en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, como quienes se encuentren adheridos a los siguientes programas de política turística promovidos por Turisme Comunitat Valenciana: Crea Turisme, SICTED, L´Exquist Mediterrani, Mediterranew Musix.
La primera obligación prevista para las personas beneficiarias es la de destinar las ayudas recibidas a cubrir los gastos corrientes de su actividad realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
En el citado Decreto se establecen las bases que regirán la concesión de dichas ayudas directas, como los requisitos a justificar, su importe y distribución, tramitación del procedimiento y demás obligaciones, con sujeción a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En Saez Abogados nos hemos ido haciendo eco de las diferentes medidas que, desde la Generalitat Valenciana, se han ido adoptando desde el mes de marzo de 2020, desde la Resolución de 13 de marzo de 2020 de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública y el Decreto 32/2020, de 13 de marzo (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana nº 8761 y nº 8762, respectivamente) o, por ejemplo, el Decreto Ley 9/2020, de 3 de julio, del Consell, de medidas urgentes en los ámbitos de seguridad ferroviaria, de puertos de titularidad de la Generalitat y del taxi, publicado en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana nº 8851, de 7 de julio de 2020, y del que se encuentra pendiente la resolución del conseller sobre la moratoria de las liquidaciones de las tasas portuarias correspondientes al período 2020-2021. Puedes contactarnos en este formulario:

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