Cesión de los contratos públicos

Cambios en las dietas y gastos por locomoción

por 7 Sep, 2023Fiscal

Cristina Martín Asesoría fiscal y contable

Desde el día 17 de julio de 2023, la cuantía máxima de las dietas por kilometraje exceptuadas de tributación en el IRPF ha aumentado de 0,19 a 0,26 céntimos el kilómetro.

DIETAS

Se exceptúan de gravamen las cantidades destinadas por la empresa a compensar los gastos de locomoción de su trabajador por desplazamientos realizados fuera del centro de trabajo, para la realización de su actividad en lugar distinto, debiendo cumplirse los siguientes requisitos:

  • Transporte público: Cuando el empleado utiliza un transporte público, no tributa la suma que le satisfaga para compensarle los gastos.
  • Transporte privado: Si el trabajador utiliza un vehículo de su propiedad, no tributan las cantidades que le abone para compensarle por los gastos de peaje y aparcamiento justificados, ni tampoco las cuantías que le satisfaga por los kilómetros recorridos, con un máximo de 0,26 euros por kilómetro.

 ¡Atención! Se procederá a realizar retención sobre el exceso.

JUSTIFICACIÓN

En caso de comprobación de Hacienda, la justificación de que las dietas por locomoción serán las siguientes:

  • Kilometraje: Su empresa debe justificar los gastos de kilometraje (acreditando el día y lugar en que se han producido) y demostrar que los desplazamientos se realizaron por motivos laborales.
  • Otros gastos: El trabajador, por su parte, debe justificar la existencia de los gastos de transporte público, o de peajes y aparcamiento, que la empresa le haya compensado, conservando los justificantes de dichos gastos (y facilitando una copia a su empresa).

¡Atención! No obstante, corresponde a la empresa –y no al trabajador– acreditar la vinculación de dichos gastos con la actividad económica, justificando el día, el lugar y el motivo del desplazamiento.

En Sáez Abogados disponemos de un equipo profesional con experiencia en fiscal y, en particular, en fiscalidad de grupos de entidades, por lo que podremos asesorarle en materias relacionadas con este tipo de cuestiones:

4 + 6 =

Cristina Martín

Cristina Martín

Socia y directora Dpto. fiscal

Responsable del departamento fiscal, Cristina tiene una dilatada experiencia en asesoramiento fiscal y contable a empresas de todos los sectores, especialmente empresas familiares y holding.

Mi email

cristinamartin@saezabogados.com

Mi teléfono

+34 913 95 22 39

C/José Abascal 53, 4º
28003 Madrid, España

Artículos relacionados

Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas

Impuesto Temporal de Solidaridad a las Grandes Fortunas

El pasado 24 de noviembre, se aprobó en el Congreso de los Diputados el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas Se determina que se aplicará en los dos primeros ejercicios que se devenguen a partir de su entrada en vigor, es decir, para los ejercicios...

Herencia de una Sociedad Patrimonial

Herencia de una Sociedad Patrimonial

Herencia de una Sociedad Patrimonial En el post de hoy, vamos a profundizar en la figura de la sociedad patrimonial y cómo puede heredarse en caso de fallecimiento. La herencia de una sociedad patrimonial puede ser un proceso complejo, pero con el conocimiento...

error: Contenido protegido!!
Abogados para empresas Sáez Abogados despacho juridico fiscal

Suscríbete a nuestra newsletter jurídica

Apúntate a esta newsletter para que te enviemos artículos como este y estés a la última, jurídica y fiscalmente hablando.

¡Te has inscrito correctamente! A finales de mes recibirás nuestro primer e-mail.

¿En qué
te podemos
ayudar?

Sáez Abogados es un despacho jurídico-fiscal que trabaja con empresas, independientemente de su tamaño: PYMES, empresas familiares o grandes empresas son nuestros clientes más habituales.

Nos gustaría conocer tu caso y ver cómo podemos ayudarte de la mejor forma posible.

 

Abogados y asesores para empresas arturo saez

Escríbenos un mensaje

4 + 7 =