Cesión de los contratos públicos

En la Cooperativa mandan sus socios

por 25 Jun, 2017Cooperativas

Carlos M. Blanco responsable departamento calidad

Son demasiado frecuentes en SÁEZ ABOGADOS las consultas de personas que quieren adquirir su vivienda a través de una cooperativa y que se encuentran con que determinado tipo de gestoras hacen y deshacen en la cooperativa más o menos a su antojo. Las sociedades gestoras de cooperativas son empresas encargadas de prestar soporte en las diferentes áreas de la actividad de la cooperativa, como la captación de socios y la gestión del proyecto inmobiliario, pero no son quienes dirigen dichas cooperativas. La función de la gestora es recibir instrucciones de los cooperativistas y gestionar las decisiones de la cooperativa, no tomar esas decisiones.

Muchas personas se acercan al fenómeno de la promoción inmobiliaria a través de cooperativa pensando en que la gestora es una especie de promotora. Aunque es cierto que, en ocasiones, dichas gestoras son, en realidad, promotoras encubiertas, la relación jurídica de la cooperativa con sus socios y con la gestora es distinta de la de una promotora inmobiliaria con sus clientes.

Las cooperativas son sociedades con su propia personalidad jurídica independiente de la gestora. Las decisiones en la cooperativa se adoptan por los órganos que prevén las leyes, que son, en resumen, la Asamblea General, formada por todos los socios, y el Consejo Rector, formado por socios elegidos por la propia Asamblea General. Así, cualesquiera decisiones que hayan de adoptarse en la cooperativa serán de competencia bien de la Asamblea General, bien del Consejo Rector, según establecen la ley y los estatutos.

Desde esa perspectiva, la sociedad gestora no puede tomar las decisiones de funcionamiento de la cooperativa, sino que dichas decisiones deben ser adoptadas por los órganos sociales de la cooperativa, Asamblea General y Consejo Rector. Por el contrario, la sociedad gestora, como entidad que presta servicios a la cooperativa, es la encargada de ejecutar las decisiones que tomen esos órganos sociales, pero nunca puede sustituir su voluntad.

No obstante, en SÁEZ ABOGADOS nos encontramos con frecuencia con consultas de socios de cooperativas e incluso con integrantes de consejos rectores, a los cuales ciertas gestoras coartan y manipulan en sus decisiones, limitan el acceso a documentación de la cooperativa, privan de información relevante e incluso llegan a sustituirles en la toma de decisiones relevantes para la marcha de la cooperativa.

Normalmente, dichas gestoras suelen incluir entre sus servicios la prestación de servicios de asesoría jurídica. Así, ante ciertas quejas, dudas o protestas de los socios o de algunos miembros del Consejo Rector, el único criterio profesional con el que se guían los órganos sociales es el de la propia gestora o el de algún despacho dependiente de ella.

Debe procurarse, por lo tanto, por los miembros de los Consejos Rectores de las cooperativas y por sus propios socios contar con asesoramiento jurídico profesional independiente de la propia gestora de cara a recibir un correcto asesoramiento ante los conflictos que sin duda surgirán en el día a día de la marcha de la cooperativa entre esta y su gestora. En muchas ocasiones, las decisiones que deba adoptar la cooperativa entrarán en conflicto con los intereses de la gestora y, en estas ocasiones, para poder actuar con plena libertad y autonomía, suele ser necesario actuar con el asesoramiento de profesionales independientes.

En SÁEZ ABOGADOS hemos prestado asesoramiento a socios de cooperativas en situaciones de desencuentro frente a la cooperativa, en las que, por desgracia, con frecuencia los miembros del Consejo Rector sólo se asesoran a través de la propia gestora, y acaban adoptando decisiones contrarias a los propios intereses de las cooperativas. Contamos, por tanto, con experiencia en el asesoramiento a cooperativistas y miembros de Consejos Rectores, así como de sociedades cooperativas, así como con un equipo de abogados especializados que podrán atenderles y asesorarles siempre que precisen de asesoramiento sobre los límites en la actuación de las sociedades gestoras y los procesos de toma de decisiones en el ámbito de las cooperativas.

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En Sáez Abogados disponemos de un equipo profesional con experiencia en materia jurídico-educativa, especialmente en materia de Universidades Privadas, por lo que podremos asesorarle en materias relacionadas con este tipo de cuestiones. Si desea ampliar la presente información y obtener un asesoramiento adecuado a su caso, puede contactarnos sin compromiso.

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Carlos M. Blanco

Carlos M. Blanco

Abogado y responsable dto. calidad

Carlos es Abogado, especializado en derecho penal. Cuenta con más de diez años de experiencia en el asesoramiento jurídico, y es se encarga de la dirección de procesos judiciales en los órdenes civil y penal. Además, ha impartido docencia universitaria en estudios de grado y en el Master de Acceso a la Abogacía.

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