Juntas telemáticas también en 2021

por 22 Mar, 2021Covid19

Guillermo Jimenez responsable departamento jurídico

En una publicación anterior explicamos las ayudas a empresas y autónomos que han sido aprobadas por el  Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

No obstante, esta norma introduce otras novedades importantes para empresas en materia concursal y de funcionamiento con motivo de la pandemia del COVID – 19.

Las principales novedades son las siguientes:

Prórroga del plazo para solicitar el concurso

Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la exención del deber del deudor que se encuentre en situación de insolvencia de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de solicitudes de concurso necesario presentadas por acreedores.

Con carácter general, el deudor tiene obligación de solicitar el concurso voluntario en el plazo de dos meses desde la situación de insolvencia.

No obstante, excepcionalmente, el plazo de dos meses se computará desde el 31 de diciembre de 2021, aunque la situación de insolvencia sea anterior.

De esta forma, se intenta reforzar la continuidad y solvencia de empresas viables que, no obstante, se han visto golpeadas por la pandemia, en el entendimiento que una vez superada esta situación excepcional volverán a su normal funcionamiento.

Celebración de juntas telemáticas (juntas generales)

Aunque no figurara en sus estatutos sociales, todas las sociedades de capital y el resto de personas jurídicas (sociedades civiles, sociedades cooperativas y asociaciones) podrán celebrar las reuniones de su junta general o asambleas por medios telemáticos

De esta forma, se garantiza la posibilidad de asistir a dichas reuniones a los socios o asociados que no puedan desplazarse físicamente hasta el lugar de celebración.

Cumplimiento de convenio concursal

Se aplaza el deber de solicitar la apertura de la fase de liquidación cuando el deudor concursal conozca la imposibilidad de cumplir con los pagos y obligaciones comprometidas, siempre que se presente y admita a trámite una propuesta de modificación del convenio.

También se facilita la modificación del convenio, acuerdo extrajudicial de pagos o acuerdo de refinanciación.

Por otro lado, hasta el 30 de septiembre de 2021 se inadmitirán a trámite las solicitudes de declaración de acuerdo de refinanciación, convenio o acuerdo extrajudicial de pagos.

Agilización procesal de los concursos

Se declaran preferentes determinadas actuaciones tendentes a la protección de los derechos de los trabajadores, continuidad de la empresa y /o conservación del valor de bienes y derechos.

Además, se simplifican determinados actos e incidentes, como la subasta de bienes, la reintegración de la masa activa y la enajenación de la masa activa en la fase de liquidación.

Nosotros

 

En Sáez Abogados estamos especializados en el asesoramiento mercantil a empresas. Y durante el último año hemos tenido especial dedicación a la gestión de la crisis provocada por el COVID – 19 y la correcta aplicación de la normativa de excepción dictada en consecuencia.

6 + 14 =

Guillermo Jimenez

Guillermo Jimenez

Responsable dto. jurídico

Responsable del departamento jurídico y especialista en concesiones administrativas, contratación pública y puertos deportivos.

Mi email

guillermojimenez@saezabogados.com

Mi teléfono

+34 913 95 22 39

C/José Abascal 53, 4º
28003 Madrid, España

Artículos relacionados

¿Se necesita notario en una junta de socios?

¿Se necesita notario en una junta de socios?

La presencia de notario durante la celebración de la Junta General de una sociedad mercantil suele plantear dudas acerca de cómo debe procederse para poder requerir la asistencia de notario. A esta cuestión se refiere el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de...

Guillermo Jiménez

Abogados para empresas Sáez Abogados despacho juridico fiscal

Suscríbete a nuestra newsletter jurídica

Apúntate a esta newsletter para que te enviemos artículos como este y estés a la última, jurídica y fiscalmente hablando.

¡Te has inscrito correctamente! A finales de mes recibirás nuestro primer e-mail.

¿En qué
te podemos
ayudar?

Sáez Abogados es un despacho jurídico-fiscal que trabaja con empresas, independientemente de su tamaño: PYMES, empresas familiares o grandes empresas son nuestros clientes más habituales.

Nos gustaría conocer tu caso y ver cómo podemos ayudarte de la mejor forma posible.

 

Abogados y asesores para empresas arturo saez

Escríbenos un mensaje

9 + 4 =

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Configurar y más información
Privacidad