Planes de Igualdad: qué son y cómo se regulan en empresas

por 8 Jun, 2020Laboral

Abogada de empresas planes de igualdad

En el presente artículo, valoraremos la legislación respecto a los planes de igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres en empresas.

El artículo 1.1 de la CE establece la igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico en un Estado social y democrático de derecho, criterio que actúa como garantía constitucional de legalidad y como imperativo de justicia en las acciones del derecho.

Aspectos del Real Decreto-Ley 6/2019

En marzo de 2019, con la promulgación del Real Decreto-Ley 6/2019, aumentó el nivel de exigencia legal, en cuanto a número de personas trabajadoras para que las empresas tengan que negociar, aplicar e implantar planes de igualdad.

La exigencia hasta ese momento era, únicamente, para empresas con más de 250 trabajadores, siendo desde marzo de 2019 obligatorio para empresas con 50 o más personas trabajadoras.

El artículo 45.2 del Real Decreto regula: “En el caso de las empresas de cincuenta o más trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo. Que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación”.

Plazos obligatoriedad entrada en vigor planes de igualdad

  • Empresas con 250 o más trabajadores – Ya era obligatorio a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
  • Empresas de más de 150 personas trabajadoras y hasta 250 – Hasta el 7 de marzo de 2020.
  • Empresas de más de 100 personas trabajadoras y hasta 150 – Hasta el 7 de marzo de 2021.
  • Empresas de 50 o más personas trabajadoras y hasta 100 – Hasta el 7 de marzo de 2022.

Beneficios implantación plan de igualdad

  • Evitación de sanciones al ser una obligación legal.
  • Participación en licitaciones públicas y obtención de mejor puntuación.
  • Acceso a subvenciones, bonificaciones y/o sellos de calidad.
  • Mejora y refuerzo de la responsabilidad social corporativa (RSC).
  • Mejora clima laboral.

Consecuencias del incumplimiento legal de formalizar los planes de igualdad

  • Multas desde 626 a 187.515 €.
  • Pérdida de bonificaciones.
  • Pérdida de subvenciones.
  • Pérdida de ayudas en los programas de empleo.
  • Imposibilidad de contratación con determinadas Administraciones Públicas.

 

En Sáez Abogados disponemos de un equipo profesional con experiencia en diagnóstico, negociación, elaboración y auditoría de planes de igualdad. Por tanto, si desea ampliar la presente información, puede contactarnos sin compromiso en el siguiente formulario

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Raquel Ruiz

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Abogada, periodista y especialista en procesal civil, procesal laboral y asesoramiento laboral, familia: asesoramiento a empresas, en su mayoría, del ámbito educativo y asesoramiento y gestión de escrituraciones.

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