Ante la situación generada por la evolución del COVID-19 es necesaria la adopción de unas medidas extraordinarias de salud pública y no sólo en el ámbito de nuestro país.  Todas estas medidas están teniendo un importante impacto en la economía repercutiendo directamente sobre las empresas y sectores importantes de este ámbito.

La última batería de medidas se aprobó ayer, 12 de marzo.  Se trata de medidas de refuerzo en el ámbito sanitario y de apoyo a la familia, al sector turístico, apoyo financiero (PYMES y autónomos) y medidas de gestión eficiente de las Administraciones Públicas.

Las medidas indicadas se encuentran recogidas y publicadas en el Real Decreto – Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

Medidas de refuerzo sanitario.

En cuanto a las medidas adoptadas en el ámbito sanitario, se ha considerado necesario introducir todas aquellas que garanticen la protección social de los trabajadores que causen baja tanto por el aislamiento como por el desarrollo de la enfermedad; para ello, se ha autorizado la aplicación de un Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, de manera que desde el Estado se contribuye a financiar los gastos extraordinarios surgidos de la situación de emergencia que se está generando con el COVID-19.

Además, en relación con los periodos de aislamiento o de contagio y desarrollo de la enfermedad del “coronavirus” por parte de trabajadores, tendrá la consideración de situación asimilada al accidente de trabajo, de cara a los efectos de la prestación económica por incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social.

Medidas de apoyo al sector turístico.

Previsiblemente, el sector turístico va a ser uno de los más afectados por el COVID19.  Para hacer frente a la situación de los trabajadores con contratos fijos discontinuos, se ha aprobado una bonificación del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional.

La bonificación será aplicada durante los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio.

Medidas de apoyo fiscal.

Para PYMES, se aprueba la concesión de aplazamientos para el ingreso de las deudas tributarias derivadas de declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde 13 marzo de 2020 hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive; siempre que las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de pago reúnan los requisitos del artículo 82.2.a) de la LGT; es decir, con dispensa total o parcial de garantías para su concesión por ser de cuantía inferior a 30.000,00 Euros.

Este aplazamiento o fraccionamiento de pago también será aplicable a las deudas tributarias por Ley inaplazables a las que hacen referencia las letras b), f) y g) del artículo 65.2 de la LGT, es decir, Retenciones, IVA y Pagos Fraccionados del Impuesto de Sociedades.

Será requisito necesario para la concesión del aplazamiento que el deudor sea persona o entidad con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 € en el año 2019.

Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

a) El plazo será de seis meses.

b) No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses (período de carencia) del aplazamiento.

Asimismo, la página web de la AEAT publica en el día de hoy un cambio las instrucciones para beneficiarse de estas medidas.

Ampliación de la línea de financiación Thomas Cook a empresas hosteleras y turísticas.

Se amplían los destinatarios de la línea de financiación prevista en el Real Decreto-ley 12/2019, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos de la apertura de procedimientos de insolvencia del grupo empresarial Thomas Cook.

Otras medidas.

Finalmente, el Consejo de Ministros ha aprobado la Concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Sanidad para atender gastos extraordinarios del Sistema Nacional de Salud; y medidas para asegurar el derecho a la alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad afectados por el cierre de centros educativos.

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