Cesión de los contratos públicos

Un juzgado autoriza a una madre a no vacunar a su hijo

por 24 Ene, 2022Covid19

Maria José abogada despacho juridico fiscal

En el post de hoy analizamos el reciente auto por el cual un Juzgado de Tenerife autoriza a una madre a no vacunar a su hijo debido a la falta de confianza en la vacuna y sus posibles efectos secundarios.

Hechos

En el caso que explicamos hoy, la madre no quería vacunar al menor, sin embargo, el padre optaba por la vacunación.

Al menor, que en este caso tiene 15 años se le dio audiencia dentro del proceso y este aceptaba vacunarse.

El 10 de diciembre de 2021 el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Icod de los Vinos (Tenerife) emitió auto resolviendo este desacuerdo entre los padres en el ejercicio de la patria potestad.

En relación con la vacunación de menores, ya en un post anterior explicamos el proceso para resolver un desacuerdo de este tipo entre los padres.

¿Qué ha resuelto el Tribunal?

Apoyado en el principio de prudencia por la falta de confianza en la vacuna y los efectos secundarios de la misma, el auto ha resuelto a favor de la madre concediendo a la misma la potestad de decidir si el menor se vacuna o no.

¿Por qué el Juzgado ha resuelto así?

  • Incidencia del Covid en menores
    Constaban en el proceso un informe público de carácter autónomo adscrito al Ministerio de Economía y dirigido por el Ministerio de Ciencia e Innovación que apoyado en el dictamen pericial que consistía en el análisis científico independiente aportado por la madre coincidían en que la incidencia del Covid en menores no es relevante ni muy alta.
  • Efectos adversos de la vacuna
    Refleja el auto que existe numerosa jurisprudencia que condena a farmacéuticas y a la Administración Pública por los efectos adversos de vacunas o medicamentos tiempo después de su inoculación.

    Pone de manifiesto que los riesgos y efectos adversos de la vacuna Covid, al igual que los de cualquier medicamento, fármaco o vacuna, pueden aparecer muchos años después de su ingesta o inoculación y que el hecho de que aparezcan tardíamente no significa que vayan a tratarse de efectos o secuelas leves, ya que nada impide que se trate de dolencias de gravedad.

  • Consentimiento informado.
    El conocimiento que un usuario tiene de la vacunación se conoce por la propia campaña de vacunación y por la promoción que de estas se hace por la Administración Pública.

    Bajo esta premisa, son los usuarios los que conocedores de la campaña de vacunación y bajo el aval público de su promoción, toman la decisión de vacunarse o no y en el primero de los casos, asumen los riesgos inherentes a la misma.

  • Autorización de la vacuna.
    Se señala en el auto que la autorización actual para la vacuna Covid está otorgada por la Comisión Europea por recomendación de la EMA (Agencia Europea del Medicamento).

    Explica que la autorización ha sido concedida de forma condicional para la comercialización de emergencia, pero ninguna autorización ha finalizado sus ensayos clínicos.

  • Solidaridad
    Respecto de si es insolidario no vacunar al menor, se explican dos argumentos a favor de la no vacunación.

    El primero que la incidencia del Covid en menores es bajo además de que existen otros métodos de protección como la mascarilla y el segundo argumento que ninguna vacuna inmuniza, evita el contagio ni impide la transmisión.

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Mª José Conejero

Mª José Conejero

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