Cesión de los contratos públicos

NOVEDADES EN LA TRIBUTACIÓN DEL COMERCIO ELECTRÓNICO

por 29 Abr, 2021Noticias

Andrea Goberna Asesora Fiscal y Contable

A lo largo de los últimos años han crecido de manera exponencial las ventas a distancia, por internet y el comercio electrónico, esta situación ha llevado a la Unión Europea a modificar su tributación con el fin de simplificarla.

A partir del 1 de julio entrarán en vigor dichas modificaciones, no obstante, en un principio estaba previsto que la fecha de inicio fuese el 1 de enero, pero debido a la situación provocada por el Covid-19 se ha tenido que posponer.

Estas novedades afectan sobre todo a empresarios y vendedores online, plataformas o las llamadas Marketplace digitales, operadores postales, empresas de mensajería y transporte y a consumidores de la UE.

A continuación, resumiremos las principales modificaciones en la normativa actual.

Mismo umbral de operaciones para toda la UE:

Desaparecerán los umbrales por Estado miembro actualmente existentes, que serán sustituidos por un umbral único y común a todos por importe de 10.000 euros:

    • Si se efectúan ventas online por debajo de este umbral de 10.000 euros las operaciones estarán sujetas a IVA de origen.
    • Si se efectúan ventas online por encima del umbral de 10.000 euros, las operaciones estarán sujetas a IVA de destino.

Aplicación del mecanismo de la Ventanilla Única:

Para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de declaración e ingreso del IVA, se permitirá declarar todas las ventas en el portal de Ventanilla única u IOSS (Import One Stop Shop), sin necesidad de dar de alta a la compañía a efectos de IVA en todos y cada uno de los países donde se presten todos los servicios.

Bienes de escaso valor:

Desaparecerá la exención actual del IVA de importación de bienes de escaso valor, fijado anteriormente en 22 euros, a partir de ahora, estarán sujetas.

Asimismo, se mantiene la exención del pago de derechos de aduana para aquellos bienes con un importe no superior a los 150 euros.

Régimen especial para importadores procedentes de terceros países:

Se establece un nuevo régimen especial opcional para bienes importados desde terceros países a consumidores finales de la UE, con precio inferior a los 150 euros, en el que se permitirá declarar e ingresar de forma simplificada, con carácter mensual, el IVA de importación.

Obligaciones en materia de IVA para los Marketplace:

Los Marketplace o plataformas digitales pasarán a considerarse vendedores y, por lo tanto, tendrán el deber de gestionar el IVA cuando la empresa usuario no esté en la UE. Es por ello que se establecen obligaciones de la llevanza de registros de operaciones, aún cuando no tengan la condición de sujetos pasivos.

Todas estas modificaciones buscan evitar el fraude fiscal, así como la simplificación de la normativa aplicable.

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Andrea Goberna

Andrea Goberna

Asesora fiscal

Graduada en Economía por la Universidad de Vigo en el año 2018, Máster en Tributación por la Universidad Carlos III de Madrid en el año 2019 y tras haber realizado diferentes cursos en el Centro de Estudios Financieros en el ámbito de Fiscalidad Internacional e Impuesto sobre Sociedades, se incorpora al departamento fiscal de Sáez Abogados en el 2020.

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