¿Cumplir el preaviso en el despido objetivo?

por 12 Dic, 2019Laboral

Abogada de empresas planes de igualdad

Cuando una empresa tramita un despido por causas objetivas, debe preavisar al trabajador con 15 días de antelación, según lo estipulado en el artículo 53.1.c) del Estatuto de los Trabajadores. Por ello, una empresa al comunicar un despido objetivo con el plazo de preaviso de 15 días al trabajador puede encontrarse con algunas particularidades.

Preaviso de 15 días a cuenta de vacaciones

Algunas empresas imponen al trabajador afectado por el despido objetivo consumir los días de vacaciones que le quedan durante el plazo de los 15 días de preaviso. De esta forma, se estarían ahorrando abonarle las vacaciones no disfrutadas en el finiquito. No obstante, esta actuación no tiene validez, salvo acuerdo de ambas partes.

Esta imposición por parte de la empresa no es válida,  ya que el plazo de preaviso tiene una finalidad y el disfrute de las vacaciones, otra diferente. Pues, el plazo de preaviso sirve para que el trabajador encauce su situación laboral (de ahí que el artículo 53.2 contemple un permiso retribuido de seis horas semanales para buscar trabajo) y el disfrute de vacaciones es para descansar y disfrutar de un periodo de ocio.

El permiso de 6 horas retribuidas para búsqueda de nuevo empleo no es automático, pues los requisitos son:

  • Solicitud por parte del trabajador de su disfrute, pues la empresa no tiene por qué conceder dicho permiso si no se solicita.
  • La finalidad es disfrutarlo sólo cuando vaya a realizar gestiones encaminadas a la búsqueda de empleo.
  • El trabajador debe indicar a la empresa el día y las horas concretas en las que va a hacer uso de esas seis horas de licencia. Además, debe hacerlo con la máxima antelación posible.
  • La empresa puede exigir al trabajador una justificación adecuada de la correcta utilización del permiso.

Pago de indemnización por falta de preaviso

La empresa puede optar por sustituir el plazo de preaviso de 15 días por el pago de una indemnización. Así, puede extinguirse el contrato con un plazo menor de preaviso (abonando la diferencia de un día de salario por cada uno de los días de preaviso no respetado) o bien se puede omitir el plazo de preaviso (abonando una indemnización de 15 días de salario).

Si la empresa no abona la indemnización por falta de preaviso, el trabajador podrá reclamarla judicialmente.

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