¿Cómo afectan las sanciones a Rusia a los puertos deportivos?

por 14 Mar, 2022Puertos Deportivos

Maria José abogada despacho juridico fiscal

Introducción: sanciones a Rusia

La Unión Europea ha declarado que la operación militar de Rusia en Ucrania constituye una violación flagrante de la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. Rusia está violando gravemente el Derecho internacional y los principios de la Carta de las Naciones Unidas y socavando la seguridad y la estabilidad europea y mundiales.

Por este motivo, desde la comunidad internacional y, en especial, desde la Unión Europea, se han adoptado una serie de medidas en aplicación de las normas y coberturas de derecho internacional para intentar poner fin al grave conflicto.

A continuación, repasamos las principales medidas aprobadas en las últimas semanas.

1. Inmovilización de fondos y recursos económicos

1.1. ¿Qué normas se han aprobado?

Entre el 21 de febrero y el 9 de marzo de 2022, se han aprobado diversas Decisiones del Consejo y Reglamentos (2022/236, 2022/260, 2022/261, 259/2022, 2022/332, 220/330, 2022/336, 2022/353, 2022/396), que establecen “medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania”.

El sistema se basa en la identificación nominal de un listado de personas y entidades que, por su vinculación con el régimen ruso, quedan afectadas por las medidas restrictivas establecidas por las Decisiones y los Reglamentos (en adelante, el listado).

Actualmente, el listado está integrado por 878 personas y 56 sociedades.

1.2. ¿En qué consisten las medidas?

Las medidas restrictivas son básicamente dos:

  1. La inmovilización de todos los fondos y recursos económicos cuya propiedad, tenencia o control corresponda a las personas o entidades del listado.
  2. La prohibición de puesta a disposición directa o indirecta de ningún fondo o recurso económico a su favor.
    Esta prohibición incluye las embarcaciones de las personas afectadas. Cualquier embarcación que sea propiedad o esté controlada, directa o indirectamente, por cualquiera de las personas o entidades del listado será inmovilizada en los puertos españoles por las autoridades competentes nacionales.

1.3. ¿Quién las acuerda?

La inmovilización debe ser acordada por las autoridades competentes nacionales designadas por cada Estado miembro.

Los puertos carecen de competencia y potestad para acordar cualquiera de las medidas restrictivas establecidas.

1.4. ¿Qué obligación tienen los puertos?

Sin perjuicio de las normas aplicables en materia de comunicación de información, confidencialidad y secreto profesional:

  1. Proporcionarán inmediatamente toda información que facilite el cumplimiento del Reglamento a las autoridades competentes nacionales.
  2. Cooperarán con las autoridades competentes en toda verificación de dicha información.

Queda prohibida y es sancionable la participación de manera consciente y deliberada en acciones cuyo objeto o efecto sea eludir las medidas del Reglamento.

1.5. Inmovilizaciones de embarcaciones en Europa

Países como Alemania, Francia o Italia han procedido ya a la inmovilización de embarcaciones de personas incluidas en el listado.

Según las informaciones publicadas, el gobierno alemán incautó el superyate del oligarca ruso Alisher Usmanov, valorado en casi 600 millones de dólares.

Las inmovilizaciones de embarcaciones afectadas en los puertos franceses se están realizando a través de la autoridad portuaria.

A continuación, a modo de ejemplo, se muestra el comunicado del Ministro Francés de Economía en el que por el que se procedió a la incautación de un mega yate en aplicación de las sanciones dispuestas por la Unión Europea contra Rusia.

En el caso de Italia, se ha informado de la incautación de bienes por valor de 140 millones de euros, incluyendo el megayate “Lady M” (valorado en 65 millones de euros, Alexei Mordashov) y el yate “Lena” (valorado en 50 millones de euros, Gennady Timchenko).

2. Cierre del espacio aéreo

El Reglamento (UE) 2022/334, del Consejo de 28 de febrero de 2022, ha prohibido que las compañías aéreas rusas, aterricen en el territorio de la Unión Europea, despeguen desde este o lo sobrevuelen.

Esta norma dificultará la llegada de turistas provenientes de Rusia al territorio nacional.

3. Prohibición de operaciones con el Banco Central ruso

El Reglamento 2022/262 de 23 de febrero de 2022 aprobó nuevas medidas restrictivas que prohíben la financiación de Rusia, su Gobierno y su Banco Central.

Esta norma prohíbe las operaciones directas o indirectas de compra o venta, prestación de servicios de inversión o de asistencia en la emisión, o cualquier otra forma de negociación, en relación con valores negociables o instrumentos dinerarios de Rusia, su gobierno, el Banco Central de Rusia y las personas jurídicas representantes.

4. Expulsión del sistema SWIFT

Este bloqueo financiero ha desembocado también en medidas adoptadas a nivel mundial para impedir a una serie de entidades bancarias rusas transaccionar en España con tarjetas o cuentas de origen ruso, así como intentar el envío de fondos desde cuentas rusas a cuentas españolas y viceversa.

Así, el 2 de marzo de 2022 en el Diario Oficial de la Unión Europea se publicó la expulsión de siete bancos rusos del sistema SWIFT.

Las entidades Bank Otkritie, Novikombank, Promsvyazbank, Bank Rossiya, Sovcombank, Vnesheconombank (VEB) y VTB Bank no podrán usar Swift para sus operaciones diarias.

Sberbank y Gazprombank, dos de las tres entidades más importantes del país, quedaron al margen de las sanciones, puesto que el grueso de los pagos por el petróleo, gas o carbón que se compra a Rusia se canalizan a través de ellos.

Esta medida puede suponer que personas titulares de cuentas bancarias en dichas entidades bancarias no puedan hacer efectivos los medios de pago ordinario de la operativa bancaria y no dispongan de fondos para pagar los servicios prestados en los puertos españoles.

Medidas adicionales propuestas por el Estado Español.

El Ejecutivo español recientemente ha propuesto cerrar los puertos marítimos a barcos con bandera rusa o aquellos que tengan capital ruso.

Esta medida, que iría acompañada de la prohibición de suministro y de abastecimiento de víveres, es una medida sugerida por España al resto de países europeos que se está estudiando y que aún no se ha adoptado.

Conclusión

Previsiblemente, las autoridades españolas se dirigirán a los puertos deportivos para solicitar información con objeto de identificar embarcaciones de las que sean titulares, directos o indirectos, las personas o entidades incluidas en el listado. De ser así, se procederá a su inmovilización.

Los turistas rusos seguramente encontrarán dificultades para viajar a España debido al cierre del espacio aéreo. Además, es posible que ciudadanos rusos puedan tener problemas para pagar los servicios prestados en los puertos españoles debido a la imposibilidad de hacer efectivos los medios de pago de bancos rusos.

En Sáez Abogados somos expertos en Puertos Deportivos teniendo dilatada experiencia en el asesoramiento jurídico integral en todas las cuestiones relacionadas con puertos. Si tiene cualquier cuestión, estaremos encantados de ayudarle:

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Mª José Conejero

Mª José Conejero

Abogada

Abogada y ex-opositora a judicatura, atesora unos sólidos conocimientos jurídicos. Se incorpora a Sáez Abogados en el año 2021, integrándose en el Departamento Jurídico.

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