Requisitos para crear una universidad privada en España
13/10/2026El Supremo anula el Real Decreto 905/2025 de universidades y qué cambia ahora
El Real Decreto 905/2025, de 7 de octubre, endurecía los requisitos para crear, reconocer y mantener universidades en España. Modificaba el Real Decreto 640/2021 y otras tres normas universitarias. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo lo ha anulado, según informó el Consejo General del Poder Judicial el 8 de octubre de 2026.
El tribunal estima el recurso del Gobierno de las Islas Baleares. Considera que no estaba justificada la tramitación urgente del decreto, y que por eso no podía omitirse la consulta pública previa. Es un fallo de forma, que no se pronuncia sobre si los nuevos requisitos eran adecuados.
Si diriges una universidad privada, promueves una nueva o gestionas un centro adscrito, vuelve a aplicarse el marco anterior al decreto. Pero el Gobierno ha anunciado que trabaja en una nueva norma, y la situación puede cambiar otra vez.
Qué ha decidido el Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 905/2025 en su totalidad por un defecto en su elaboración. El Consejo de Ministros acordó tramitarlo por la vía de urgencia, lo que permitió prescindir de la consulta pública previa. Para el tribunal, esa urgencia no estaba debidamente justificada.
La consulta pública previa es el trámite en que los afectados opinan sobre una norma antes de redactarla. La exige el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, del Gobierno. El artículo 27 permite omitirla en la tramitación urgente, pero solo con una justificación suficiente.
En enero de 2026 el mismo tribunal había rechazado suspender el decreto de forma cautelar, en dos autos de 27 de enero. La sentencia de fondo llega ahora, cuando el decreto llevaba casi un año en vigor. Todavía no está publicada en la base de datos del CENDOJ. Actualizaremos esta nota con su número y su texto cuando lo esté.
Qué normas vuelven a su redacción anterior
El decreto anulado modificaba cuatro reales decretos del sistema universitario. Con carácter general, la anulación de una norma modificadora devuelve a las normas modificadas la redacción que tenían antes. El Real Decreto 905/2025 entró en vigor el 28 de octubre de 2025.
- El Real Decreto 640/2021, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios.
- El Real Decreto 1509/2008, que regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
- El Real Decreto 1002/2010, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
- El Real Decreto 822/2021, de organización de las enseñanzas universitarias y aseguramiento de su calidad.
Los requisitos que dejan de exigirse
La anulación hace caer los requisitos más exigentes que el decreto añadió al Real Decreto 640/2021. Los más relevantes para una universidad privada son la oferta académica, el número de estudiantes, la investigación y las garantías económicas.
| Requisito | Real Decreto 905/2025 (anulado) | Real Decreto 640/2021, redacción original |
|---|---|---|
| Oferta académica mínima | Diez grados, seis másteres y tres programas de doctorado | Diez grados, seis másteres y dos programas de doctorado |
| Número de estudiantes | Previsión de más de 4.500 estudiantes oficiales a los seis años | Sin número mínimo |
| Peso del grado | Al menos el 50 % del estudiantado a los seis años | Al menos el 50 % a los cinco años, o el 35 % con mayoría de estudiantes extranjeros en máster |
| Investigación | El 5 % del presupuesto a programas propios y captar al menos el 2 % en convocatorias, contratos o patentes | El 5 % del presupuesto a un programa propio de investigación |
| Garantías de las universidades privadas | Avales, seguros de caución o deuda pública en la Caja General de Depósitos | Garantías documentales de sostenibilidad, plan de viabilidad y plan de cierre |
| Informe de la agencia de calidad | Preceptivo y vinculante. Si es desfavorable, no puede repetirse la solicitud en dos años | No previsto |
La anulación no elimina todas las exigencias. Siguen en vigor la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, la redacción original del Real Decreto 640/2021 y la normativa de cada comunidad autónoma. Lo detallamos en nuestra guía sobre los requisitos para crear una universidad privada.
Los plazos de adaptación también decaen
El decreto daba tres años a las universidades ya autorizadas para adaptarse a los nuevos requisitos. Las que habían empezado su actividad en los tres años anteriores tenían cinco. Las reconocidas y aún no autorizadas, cinco años desde su autorización. Con la anulación, esos plazos dejan de correr.
Qué pasa con los proyectos en tramitación
Los procedimientos de reconocimiento abiertos vuelven a regirse por la redacción original del Real Decreto 640/2021. El decreto anulado obligaba a pedir un informe preceptivo y vinculante a la agencia de calidad. Ese trámite desaparece, y queda el informe de la Conferencia General de Política Universitaria.
La práctica es menos sencilla que la teoría. Muchas memorias se redactaron o se rehicieron para cumplir el decreto anulado. No conviene retirar ahora compromisos de investigación o de oferta que una norma nueva puede volver a exigir.
Qué puede pasar ahora
El Gobierno ha anunciado que trabaja en una nueva norma. Al ser un fallo de forma, nada impide aprobar un texto con el mismo contenido si se tramita con consulta pública previa. El calendario coincide con la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026.
Según la información publicada, había otros recursos pendientes contra el decreto. Los presentaron comunidades autónomas como Madrid, Extremadura, La Rioja y Aragón, y varias universidades privadas. Al haber desaparecido la norma, el tribunal tendrá que decidir cómo terminan esos procedimientos.
Qué conviene hacer si diriges una universidad privada
Lo prudente es revisar, no desmontar. La anulación da margen, pero no certeza sobre el marco de los próximos años.
- Revisar los planes de adaptación iniciados y separar lo que exige la redacción original de lo que solo exigía el decreto.
- Comprobar en qué trámite está cada expediente de reconocimiento, adscripción o acreditación, y qué documentación se presentó.
- Seguir la consulta pública de la nueva norma y presentar observaciones cuando se abra.
- Mantener al día la memoria anual que examina la comunidad autónoma en su supervisión.
En cinco décadas de ejercicio hemos visto que las normas anuladas por defectos de tramitación suelen volver con pocos cambios. Lo que se gana con la anulación es tiempo para preparar bien la adaptación, no una exención. Si quieres situar la universidad privada en el marco de la ley orgánica, lee nuestra guía sobre la universidad privada en la LOSU.
Un caso ilustrativo
Una fundación educativa de Madrid prepara el reconocimiento de una universidad privada de ciencias de la salud. Su memoria prevé diez grados, seis másteres y dos programas de doctorado, con una previsión de 3.000 estudiantes a seis años.
Con el decreto anulado le faltaban un tercer doctorado y más de 1.500 estudiantes previstos. Con la redacción original, su oferta cumple el mínimo de títulos. Aun así, la fundación mantiene en la memoria el plan del tercer doctorado. Le cuesta poco y la protege si la nueva norma recupera ese requisito.
Preguntas frecuentes
¿Sigue vigente el Real Decreto 905/2025?
No. El Tribunal Supremo lo ha anulado porque no estaba justificada su tramitación urgente. Lo informó el Consejo General del Poder Judicial el 8 de octubre de 2026. La anulación alcanza a todo el decreto.
¿Qué norma regula ahora la creación de universidades privadas?
La Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, y el Real Decreto 640/2021 en su redacción anterior al decreto anulado. A ellas se suma la normativa de la comunidad autónoma donde se ubique la universidad.
¿Tienen que seguir adaptándose las universidades que ya funcionan?
Los plazos de adaptación de tres y cinco años los fijaba el decreto anulado, y caen con él. Las universidades siguen sujetas a la supervisión anual de su comunidad autónoma, con los requisitos de la redacción original.
¿Puede el Gobierno aprobar los mismos requisitos otra vez?
Sí. La sentencia es de forma y no impide aprobar un decreto con el mismo contenido. Tendría que tramitarse con consulta pública previa, salvo que la urgencia quede justificada de forma suficiente.
¿Qué pasa con los proyectos de universidad que estaban en tramitación?
Se rigen por la redacción original del Real Decreto 640/2021. Ya no se exige el informe vinculante de la agencia de calidad que introdujo el decreto. Conviene revisar qué documentación se presentó y qué mantener ante una norma nueva.
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