Protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia en Madrid
La Comunidad de Madrid ha dictado una resolución que tiene por objeto aprobar unas instrucciones para establecer el procedimiento de intervención en los centros educativos ante cualquier tipo de violencia y definir la aplicación de los protocolos de actuación.
En el marco de la Ley Orgánica de Educación, que considera como principio del sistema educativo español “la educación para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos, así como para la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, y en especial en el del acoso escolar”, y de la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que establece en su artículo 34, la necesidad de contar con protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia, la Comunidad de Madrid ha emitido una resolución, de aplicación para todo tipo de centros desde el curso 2022-2023, y que pretende regular los protocolos de actuación contra el abuso y el maltrato, el acoso escolar, ciberacoso, violencia sexual, violencia de género, violencia doméstica, suicidio y autolesión, así como cualquier otra manifestación de violencia.
Ámbito de aplicación
Las referidas instrucciones se publicaron el pasado lunes, 10 de octubre, en el BOCM y, de acuerdo a lo que ya venía establecido en las leyes antes citadas, serán vinculantes para todos los centros educativos, ya sean públicos o privados. Se aplicarán, como comentábamos antes, ya desde este curso, 2022-2023.
Establecimiento de protocolos
Las actuaciones en que se instruye a los centros para la para la actuación ante los distintos tipos de violencia se encauzarán a través del seguimiento de una serie de protocolos. En las instrucciones se establecen los siguientes: contra el acoso escolar; para la prevención de conductas autolesivas; para la prevención del riesgo de pertenencia a grupos juveniles violentos; y para prevención del consumo de sustancias adictivas por los alumnos de los centros educativos.
Los distintos protocolos estarán disponibles en el área de la Unidad de convivencia, dentro de la siguiente web: https://www.educa2.madrid.org/web/sginspeccioneducativa
Principios informadores
Con independencia del concreto protocolo a seguir, todas las actuaciones orientarán por los principios de confidencialidad, discreción, prudencia, anonimato, sigilo, eficacia y celeridad.
Funciones de asesoramiento
Las Direcciones de Área Territoriales proporcionarán a los centros acceso a la Unidad de convivencia y contra el acoso escolar para facilitarles el asesoramiento que en cada momento sea necesario.
Nosotros
En Sáez Abogados disponemos de un equipo profesional con experiencia en materia jurídico-educativa, por lo que podremos asesorarle en materias relacionadas con este tipo de cuestiones. Si desea ampliar la presente información y obtener un asesoramiento adecuado a su caso, puede contactarnos sin compromiso en este formulario:
Carlos M. Blanco
Abogado y responsable dto. calidad
Carlos es Abogado, especializado en derecho penal. Cuenta con más de diez años de experiencia en el asesoramiento jurídico, y es se encarga de la dirección de procesos judiciales en los órdenes civil y penal. Además, ha impartido docencia universitaria en estudios de grado y en el Master de Acceso a la Abogacía.
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