El Supremo anula el Real Decreto 905/2025 de universidades y qué cambia ahora
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20/10/2026Consulta pública del real decreto de universidades y cómo presentar aportaciones
La consulta pública del real decreto de universidades es el trámite para opinar sobre la nueva norma antes de que se redacte. La ha abierto el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del 15 al 30 de octubre de 2026. Las aportaciones se envían por un formulario electrónico, con un máximo de 250 palabras.
El proyecto modificará la normativa de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, que hoy recoge el Real Decreto 640/2021. Llega tras la anulación del Real Decreto 905/2025 por el Tribunal Supremo, que echó en falta precisamente este trámite.
Si diriges una universidad privada, promueves una nueva o gestionas un centro adscrito, es el momento de opinar antes de que exista un texto.
Tabla de contenidos
- Consulta pública del real decreto de universidades y cómo presentar aportaciones
- Qué es la consulta pública previa y por qué se abre ahora
- Qué problemas y objetivos plantea el Ministerio
- Qué no dice todavía la consulta
- Quién puede participar y cómo enviar tus aportaciones
- Qué conviene aportar si eres universidad privada, promotor o centro adscrito
- Qué puede pasar después de la consulta
- Preguntas frecuentes
- Preparamos contigo tu aportación a la consulta
Qué es la consulta pública previa y por qué se abre ahora
La consulta pública previa es el trámite en que los afectados opinan sobre una norma antes de que se redacte. La exige el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, del Gobierno. Se hace a través del portal web del ministerio competente y dura al menos 15 días naturales.
La consulta versa sobre los problemas que se quieren resolver y la necesidad y oportunidad de la norma. También sobre sus objetivos y sobre las alternativas, regulatorias o no.
El Real Decreto 905/2025 se tramitó por la vía de urgencia y prescindió de este trámite. El Tribunal Supremo lo anuló en su Sentencia 1092/2026, de 30 de septiembre, porque esa urgencia no estaba justificada. La nueva consulta cubre el trámite que faltó entonces.
Qué problemas y objetivos plantea el Ministerio
El Ministerio quiere reforzar los requisitos para crear, reconocer y autorizar universidades y centros universitarios. Lo justifica en la proliferación acelerada de nuevos proyectos y en la escasa investigación de parte de las universidades recientes. Según el documento, la reforma «no admite demora».
| Problema que señala el Ministerio | Objetivo relacionado |
|---|---|
| Proliferación acelerada de nuevos proyectos universitarios, a veces de entidades con poca trayectoria académica | Reforzar los requisitos de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros |
| Proyectos autorizados pese a valoraciones técnicas desfavorables | Reforzar los informes técnicos de evaluación previa y la independencia de las agencias que los emiten |
| Insuficiente actividad investigadora en parte de las universidades de reciente creación | Que la investigación sea «un elemento real y efectivo del proyecto universitario» |
| Peso de la modalidad virtual, que cursa el 27 % del estudiantado universitario | Requisitos específicos para las titulaciones que se imparten en esa modalidad |
| Riesgo para la calidad y para la confianza de estudiantes, familias y empleadores | Estándares homogéneos de calidad para universidades públicas y privadas, y más solvencia académica, investigadora y económica |
La consulta aporta varios datos de contexto. Las universidades privadas concentran ya el 29 % del estudiantado matriculado. En 25 años se han reconocido 33 nuevas universidades privadas y ninguna pública. Hoy hay 50 públicas y 49 privadas, y diez proyectos privados más ya tienen memoria.
Las alternativas que baraja
La consulta describe tres alternativas y elige una. Descarta aprobar recomendaciones o guías sin cambiar la norma, porque no tendrían fuerza jurídica. Descarta también mantener el Real Decreto 640/2021 tal como está. La opción elegida es modificar la normativa vigente.
Qué no dice todavía la consulta
La consulta no incluye un borrador ni cifras concretas de requisitos. Habla de una «masa crítica suficiente» de estudiantes, profesorado, recursos e infraestructuras, pero no fija un número. Tampoco menciona avales ni nombra a la ANECA o a las agencias autonómicas.
El decreto anulado sí tenía cifras. Exigía una previsión de más de 4.500 estudiantes, avales o seguros de caución y un informe vinculante de la agencia de calidad. Ninguno de esos requisitos figura en la consulta, y habrá que esperar al texto para saber si vuelven.
La consulta tampoco se refiere de forma expresa a los centros adscritos, aunque su título habla de «centros universitarios». Y no menciona un régimen transitorio para los proyectos que ya están en tramitación.
Quién puede participar y cómo enviar tus aportaciones
Puede participar cualquier persona u organización potencialmente afectada por la futura norma. La Ley 50/1997 se refiere a los sujetos afectados y a las organizaciones más representativas. El formulario del Ministerio solo pide identificarse con un correo electrónico.
- Entra en la página de la consulta pública previa del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Abre el formulario electrónico, que es la única vía prevista. No hay una dirección de correo para enviar aportaciones.
- Escribe tu aportación en un máximo de 250 palabras e indica un correo electrónico de contacto.
- Envíala antes de que termine el 30 de octubre de 2026, último día del plazo.
La página no indica si las aportaciones se publicarán. El tratamiento de los datos personales se basa en el consentimiento de quien participa.
Qué conviene aportar si eres universidad privada, promotor o centro adscrito
Conviene aportar datos y propuestas concretas sobre los puntos de la consulta, no un rechazo genérico. Con 250 palabras, cada frase tiene que servir. La consulta no nombra a promotores ni a centros adscritos, pero la norma que se modifica también les afecta.
Si diriges una universidad privada ya autorizada
Lo más útil es pedir un régimen transitorio razonable. El decreto anulado daba tres o cinco años de adaptación según el caso. Puedes explicar qué plazo necesitaría tu universidad y por qué.
Si promueves una universidad nueva
Conviene pedir claridad sobre cómo afectará la norma a los proyectos ya presentados. La consulta cifra en diez los proyectos privados con memoria. Si el tuyo es uno de ellos, explica en qué fase está y qué recursos ha comprometido.
Si gestionas un centro adscrito
Pide que la norma aclare si los nuevos estándares alcanzan a los centros adscritos y en qué medida. Una precisión en esta fase evita dudas de interpretación cuando el texto ya esté aprobado.
- Un dato propio verificable, como estudiantes, profesorado doctor o presupuesto de investigación.
- Una propuesta concreta para cada objetivo que te afecte.
- Una alternativa al requisito que te preocupe, si no lo compartes.
- Una referencia a la modalidad virtual si impartes enseñanzas en línea.
En cinco décadas de ejercicio hemos visto que las aportaciones con datos propios pesan más que las que solo expresan rechazo. Una cifra bien explicada es difícil de ignorar cuando se redacta el texto.
Un caso ilustrativo
Un centro adscrito de Madrid imparte cuatro grados en modalidad semipresencial. Su titular teme que la nueva norma le aplique requisitos pensados para una universidad completa.
En su aportación describe su tamaño, su ratio de profesorado doctor y su actividad investigadora. Propone que los requisitos de los centros adscritos se fijen de forma separada y proporcionada. Todo ello cabe en 250 palabras si se prepara con tiempo.
Qué puede pasar después de la consulta
Después de la consulta, el Ministerio tendrá que redactar el texto del real decreto. Ese borrador pasa por la audiencia e información pública, por los informes preceptivos y por el dictamen del Consejo de Estado. Ninguno de esos trámites tiene fecha anunciada.
La audiencia es una segunda ocasión para opinar, ya sobre un texto concreto. La regula el mismo artículo 26 de la Ley 50/1997. La consulta no fija un calendario de aprobación. La tramitación coincide con la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026.
Mientras tanto, rige el Real Decreto 640/2021 en su redacción original. Lo explicamos en nuestra guía sobre los requisitos para crear una universidad privada. Si quieres el marco general, lee también la universidad privada en la LOSU.
Preguntas frecuentes
¿Hasta cuándo se pueden presentar aportaciones a la consulta?
Hasta el 30 de octubre de 2026, incluido. La consulta pública previa se abrió el 15 de octubre en la web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
¿Cómo se envían las aportaciones?
Por el formulario electrónico enlazado en la página de la consulta. Cada aportación admite un máximo de 250 palabras y exige indicar un correo electrónico. No hay una dirección de correo para enviarlas.
¿Quién puede participar en la consulta?
Cualquier persona u organización potencialmente afectada por la futura norma. Pueden hacerlo universidades públicas y privadas, promotores de nuevos proyectos, centros adscritos y sus asociaciones.
¿Volverán los 4.500 estudiantes y el informe vinculante?
La consulta no lo dice. Habla de una masa crítica suficiente de estudiantes y de reforzar los informes técnicos, sin cifras. Esos requisitos eran del Real Decreto 905/2025, que anuló el Tribunal Supremo.
¿Qué norma se aplica mientras se tramita el nuevo real decreto?
El Real Decreto 640/2021 en su redacción original, junto con la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, y la normativa de cada comunidad autónoma. La anulación del Real Decreto 905/2025 devolvió esa redacción.
Preparamos contigo tu aportación a la consulta
Somos un despacho de asesoría jurídica para universidades privadas con cincuenta años de ejercicio en Madrid y certificación ISO 9001:2015. Preparamos tu aportación a la consulta y seguimos contigo la tramitación del nuevo real decreto. Trabajamos dentro de nuestra área de derecho educativo.
O llámanos al 913 952 239
Sáez Abogados
C/ José Abascal, 53, 4ª Planta
28003 Madrid
